Fiscalidad de los fondos indexados en España
Cómo tributan los fondos indexados en España: traspaso sin tributar, tramos del ahorro del 19 % al 28 %, compensación de pérdidas y acumulación frente a distribución.
Si inviertes desde España, la fiscalidad no es un detalle: puede cambiar qué producto te conviene más. Y hay una diferencia que casi nadie explica bien al principio: los fondos de inversión se pueden traspasar sin tributar; los ETF, no.
Este artículo resume cómo funciona, con la advertencia habitual: la normativa cambia y tu caso concreto puede tener matices. Esto es información educativa, no asesoramiento fiscal.
El traspaso: la gran ventaja de los fondos
Cuando vendes un fondo con ganancias, en teoría tocaría pagar impuestos. Pero la ley permite traspasar el dinero de un fondo a otro sin tributar en ese momento: la ganancia queda «diferida» y solo se declara cuando reembolsas de verdad el dinero a tu cuenta.
En la práctica, esto permite:
- Cambiar de gestora o de fondo sin pasar por Hacienda.
- Ajustar el reparto de tu cartera con el tiempo (por ejemplo, pasar de 80 % bolsa a 60 % al acercarte a tu objetivo).
- Corregir una mala elección inicial sin coste fiscal.
Los ETF no pueden acogerse a este régimen. Cada venta de un ETF, aunque reinviertas el dinero inmediatamente en otro, genera una ganancia o pérdida patrimonial que va a tu declaración. Por eso, para carteras que se van a ir ajustando durante años, un fondo indexado suele ser más eficiente fiscalmente en España.
Cuánto se paga al vender
Las ganancias del ahorro tributan por tramos. Los tipos aplicables son progresivos: no se paga el tipo más alto por todo, sino un porcentaje creciente por cada tramo:
| Ganancia anual | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19 % |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21 % |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23 % |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27 % |
| Más de 300.000 € | 28 % |
Las pérdidas patrimoniales se compensan con ganancias del mismo tipo, y si sobran, se pueden arrastrar a los cuatro ejercicios siguientes. Es decir: no siempre conviene vender lo que sube sin mirar qué más hay en la cartera.
Si vendes un fondo o un ETF con pérdidas para compensar ganancias, no puedes comprar un producto «homogéneo» (por ejemplo, el mismo índice con otra gestora) en los dos meses anteriores o posteriores. Si lo haces, pierdes el derecho a compensar. Este detalle pilla a mucha gente por sorpresa.
Acumulación o distribución
Los fondos y ETF pueden ser de acumulación (reinvierten los dividendos dentro del propio producto) o de distribución (te pagan los dividendos).
Para un inversor que está construyendo patrimonio, la versión de acumulación suele ser más eficiente: no genera un evento fiscal cada año y aprovecha el interés compuesto sin fricción. En las versiones de distribución, cada dividendo cobrado se declara y tributa.
Qué mirar antes de elegir fondo o ETF
- ¿Vas a rebalancear o cambiar de producto? Si sí, el fondo gana por el traspaso.
- ¿Buscas un producto muy concreto que solo existe como ETF? Entonces asume el coste fiscal de cada venta.
- ¿Cuál es el TER? Compara comisiones: un ETF puede ser más barato en gestión pero más caro en cada operación.
- ¿Tu plataforma ofrece traspasos? No todas los gestionan igual de bien.
Y el resto de impuestos
Los dividendos tributan igual que las ganancias, con una retención en origen que en España es del 19 %. El patrimonio no tributa por tener fondos o acciones, solo por las rentas que generan o por las ventas que realizas. Los planes de pensiones tienen su propia lógica, que comparamos en plan de pensiones o fondo indexado.
Antes de tomar decisiones con impacto fiscal, contrasta la normativa vigente o consúltalo con un asesor. Y si estás empezando, quizá lo primero sea dar el primer paso y no optimizar el último punto porcentual.
Preguntas frecuentes
¿Se paga algo al traspasar un fondo a otro fondo?
No. En España los traspasos entre fondos de inversión no tributan: la ganancia queda diferida hasta que reembolsas el dinero a tu cuenta. Los ETF no tienen esta ventaja.
¿Qué porcentaje se paga al vender un fondo con ganancias?
Entre el 19 % y el 28 % de la ganancia, por tramos: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 28 % por encima.
¿Es mejor un fondo de acumulación o de distribución?
Para construir patrimonio a largo plazo, la acumulación suele ser más eficiente: el fondo reinvierte los dividendos y no generas un evento fiscal cada año.
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